Organización municipal
El ayuntamiento está organizado en Alcaldía, Tenientes de Alcaldía, Pleno y Comisiones informativas. La Alcaldía es un órgano que ejerce funciones ejecutivas y las funciones legislativas recaen en el Pleno.
Pleno
El Pleno es el órgano de máxima representación política de la ciudadanía en el gobierno municipal. Se configura como órgano de debate que adopta las grandes decisiones estratégicas a través de la aprobación de reglamentos, otras normas generales, presupuestos municipales, los planes de ordenación urbanística, de las formas de gestión de los servicios, etc., y de control y fiscalización de los órganos de gobierno.
Se compone de todos los concejales y concejalas, y está presidido por el alcalde o la alcaldesa. El Pleno celebra sesiones ordinarias y extraordinarias, que podrán ser además urgentes.
Las sesiones plenarias de carácter ordinario se celebran habitualmente los cuartos lunes de los meses pares a las diecinueve horas.
Las sesiones extraordinarias tendrán lugar cuando así lo decida la Presidencia o lo solicite la cuarta parte, al menos, del número legal de miembros de la Corporación, sin que ningún concejal pueda solicitar más de tres anualmente.
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Ignacio Gallo Herrera
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Iratxe Diaz de Guereñu Aguillo (Independiente)
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Inmaculada Laredo Fuertes
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Jon Pérez García
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Cristina Gonzalez Calvar
Comisiones Informativas
Las Comisiones Informativas, integradas exclusivamente por miembros de la Corporación, son órganos sin atribuciones resolutorias que tienen por función el estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno, salvo que éste deba adoptar acuerdos urgentes y de la Alcaldía, que les sean sometidos a su conocimiento por expresa decisión de aquéllos.
Los dictámenes de las Comisiones informativas tienen carácter preceptivo y no vinculante.
El Pleno del ayuntamiento decidió crear las siguientes comisiones:
- Comisión Informativa de los Asuntos de Pleno.
Está presidida por la alcaldía y de ella forman parte todos los concejales.
Celebra sus sesiones ordinarias los anteúltimos lunes de los meses pares y las extraordinarias cuando sean convocadas, estableciéndose en la convocatoria día y hora.
Comisión Especial de Cuentas
La Comisión Especial de Cuentas es de existencia obligatoria, y su constitución, composición e integración y funcionamiento se ajusta a lo establecido para las demás Comisiones Informativas.
Corresponde a la Comisión Especial de Cuentas el examen, estudio e informe de todas las cuentas, presupuestarias y extrapresupuestarias, que deba aprobar el Pleno de la Corporación.
Está presidida por la alcaldía y de ella forman parte todos los concejales.
Celebra sus sesiones que se convoquen, estableciéndose en la convocatoria día y hora
Concejales delegados
Los concejales delegados son aquellos que ostentan algunas de las delegaciones de las competencias de la Alcaldía.
La delegación comprende la dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes, incluida la realización de propuestas, pero no incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.